| FUNCIONES DEL EQUIPO DE CONTROL PUBLICITARIO | |||
Entre nuestras principales funciones, que redundan en salvaguardar la salud de la población, contrarrestando la Automedicación y el uso irracional de los medicamentos, otros productos farmacéuticos y afines tenemos: | |||
1. Efectuar el POST-CONTROL de la calidad de información de las publicidades difundidas por las Empresas Farmacéuticas; captando, pesquisando y evaluando los anuncios publicitarios que se difunden en Boticas, Farmacias, Hospitales, Centros de Salud, Clínicas, Policlínicos, y en los diferentes medios de comunicación social (diarios, revistas, paneles, TV, radio, etc.). 2. Realizar coordinaciones con INDECOPI promoviendo que se apliquen las sanciones a las empresas farmacéuticas transgresoras de las normas publicitarias vigentes, utilizando criterios técnicos sanitarios. | |||
| 3.
Elaborar y/o actualizar normas especificas para ampliar la cobertura del Control
de la publicidad, en el proceso de Descentralización y participar en la Armonización Internacional. 4. Monitorear, Controlar y Supervisar el control publicitario farmacéutico en el país, brindando asistencia Técnica a las diferentes DISAS y DIRESAS a nivel nacional. 5. Establecer Alianzas Estratégicas con Entidades e Instituciones para constituir un Ente que regule la influencia de las publicidades en los consumidores, cautelando su derecho a la información. | |||
Para cualquier consulta, les atenderemos con mucho gusto en los teléfonos: Nº 422-9200 Anexos 205 - 206 o al correo eléctronico : ecpub@digemid.minsa.gob.pe DIRECCION DE CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA |