Medidas de Seguridad e Infracciones y Sanciones

MEDIDAS DE SEGURIDAD

A. Inmovilización.

B. Incautación.

C. Retiro del mercado.

D. Decomiso.

E. Destrucción.

F. Suspensión del registro sanitario.

G. Cancelación del registro sanitario.

H. Cierre temporal o definitivo de toda o parte de las instalaciones de la empresa.

SANCIONES

A. Multas.

B. Cierre temporal.

C. Cierre definitivo.

D. Suspensión del registro sanitario.

E. Cancelación del registro sanitario.

CONSTITUYEN INFRACCIONES A LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL D.S. 010-97-SA

A. Elaborar, dispensar, exhibir, almacenar o comercializar productos sin Registro Sanitario.

B. Consignar en el rotulado de los envases un número de Registro Sanitario que no corresponde al producto registrado.

C. Modificar o cambiar los datos y especificaciones declarados para la obtención del Registro Sanitario, sin haberlo solicitado en la forma y condiciones que establece el presente Reglamento.

D. No consignar en el rotulado de los envases la información declarada y/o aprobada en el Registro Sanitario.

E. Comercializar productos sin el prospecto o inserto, cuando corresponda, o no consignar en éste la información aprobada en el Registro Sanitario.

F. Impedir la realización de las inspecciones y pesquisas.

G. No entregar a los inspectores en el momento que se realiza la inspección o pesquisa, los protocolos de análisis del producto terminado correspondiente al lote pesquisado.

H. No presentar, dentro del plazo establecido por este Reglamento, los estándares de referencia, técnicas analíticas, especificaciones técnicas y demás elementos e información que se requieran, de acuerdo al tipo de producto, al momento de la inspección o pesquisa.

I. Fabricar, importar, almacenar, distribuir o dispensar productos contaminados, alterados, falsificados o adulterados.

J. Almacenar, distribuir o dispensar productos vencidos.

K. Comercializar productos, que requiriéndolo,no consignen en el rotulado de sus envases fecha de vencimiento.

L. Ocultar deliberadamente información referida a las reacciones adversas de los productos que fabrican o comercializan.

Ll. Cualquier adulteración o falsificación en la información, declaraciones o documentos presentados para solicitar el Registro Sanitario.

M. No actualizar las especificaciones del producto de acuerdo a la última edición de la farmacopea, suplemento o texto de referencia.

N. Incumplir con las disposiciones que dicten la DIGEMID o las dependencias desconcentradas de Salud de nivel regional o subregional.

Ñ. Incumplir con las demás disposiciones de observancia obligatoria que establece el D.S. 010-97-SA

 



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