RESOLUCION MINISTERIAL Nº RM-304-2002/SA/DM

 

ESCALA DE MULTAS POR INFRACCIONES AL REGLAMENTO DE ESTABLECIMIENTOS FARMACEUTICOS

 

INFRACCION
BOTIQUIN
FARMACIA
 y/o BOTICA
DROGUERIA
LABORATORIO
1
No contar con el material de consulta a que se refiere el Artículo 20º.
 
Amonestación
 
 
2
Dispensar  productos farmacéuticos  transcurrido el plazo de validez de la receta.
 
Amonestación
 
 
3
No cumplir con lo establecido en los Articulos 16º, 48º o 50º
0.1 UIT
0.5 UIT
0.5 UIT
1 UIT
4
Funcionar en viviendas o dentro de locales  en  los  que   se llevan a cabo otras actividades o negocios prescindiendo de los requisitos a que se refiere al Articulo 15º.
 
0.5 UIT
 
 
5
No contar con las Areas dispuestas en el Articulo 17º
 
0.5 UIT
 
 
6
No  cumplir  con las  normas  sobre  fraccionamiento de productos aque se  refieren los Art. 30º,  55º, 56º ò 76º
Amonestación
0.5 UIT
1 UIT
1 UIT
7
Incumplir lo dispuesto en el inciso  o) del  Art. 22º
 
Amonestación
 
 
8
Por comercializar Articulos comprendidos  en el listado a que se refiere el Art. 14º  o  los no comprendidos en el listado a que se refiere el Art. 45º.
0.1 UIT
0.5 UIT
 
 
9
Incumplir   lo   dispuesto  en  los Arts. 37º, 39º o 40º.
 
0.5 UIT
 
 
10
No consignar en las boletas o facturas el  número de lote del producto.
 
 
1 UIT
1 UIT
11
Preparar formulas  magistrales y oficinales  incumpliendo los requisitos establecidos  en el Reg.
 
1 UIT
 
 
12
Exhibir   en   la  parte   externa del local letreros  con nombre comercial y clasificación  de  establecimientos distintos al que le corresponde .
0.1 UIT
0.1 UIT
0.1 UIT
0.1 UIT
13
No contar  con   los   libros   oficiales a los que  se refiere los Art.18º ó 58º según corresponda, o no tenerlos debidamente foliados, visados o actualizados
 
0.1 UIT
0.1 UIT
 
14
Efectuar   las   comunicaciones   fuera   de   los  plazos establecidos o incumpliendo los requisitos
Amonestación
Amonestación
Amonestación
Amonestación
15
Contar con el personal auxiliar que no cumplen con los requisitos que establece  el Art. 25º .
 
0.5 UIT
 
 
16
Dificultar  la  labor inspectiva   mediante  cualquier acción u omisión que perturbe o  retrase la misma.
0.5 UIT
1 UIT
1 UIT
1 UIT
17
Incumplir otras disposiciones de observación obligatoria no comprendidas en los  Arts. 86º, 87º   y 88º
Amonestación
Amonestación
Amonestación
Amonestación
18
No cumplir con las comunicaciones a la  DIGEMID a que se refiere el presente regla  mento.
 
1 UIT
3 UIT
3 UIT
19
Incumplir con lo dispuesto en los Art.  66º,  67º,  68º,  ó 69º del Regl.
 
 
 
Art.66º-67º 5 UIT
Art.68º-69º 10 UIT
20
No   cumplir   con  el  deber  de garantizar el derecho de los usuarios  a  su intimidad  y  a   la confidencialidad    de      la información en la atención de las recetas y ordenes  médicas
 
1UIT
 
 
21
Expender   los   productos   de   venta  bajo  receta   medica  sin  el  respaldo  de  la  receta  o sin que esta cumpla con las formalidades de ley.
 
1UIT
 
 
22
Fabricar masivamente formulas oficiales
 
1UIT
 
 
23
No   guardar   las   muestras   de   referencia   y  estandares señalados en el Art. 75º.
 
 
 
3 UIT
24
No   archivar   la   documentación  técnica    relativa  a    los  registros   sanitarios    de   los    productos  de los  que  es  titular   el   establecimiento  o  la que formaliza la garantia de calidad de los productos.
 
 
1UIT
1UIT
25
Almacenar productos contaviniendo lo dispuesto en el   Art.    72º.
 
 
 
4 UIT
26
Utilizar   insumos   de   mala   calidad   en  la  preparación de  formulas magistrales u  oficinales.
 
5 UIT
 
 
27
No subsanar las deficiencias   observadas   dentro  de  los plazos señalados en el acta  de inspección
 
Critico: 2 UIT
Mayor: 1.5 UIT
Menor: 1 UIT
Critico: 3 UIT
Mayor: 2 UIT
Manor: 1 UIT
Critico: 10 UIT
Mayor:  5 UIT
Menor:  3 UIT
28
Incumplir con lo dispuesto en los Art. 74º  del Reg.
 
 
 
3 UIT
29
Infringir la prohibición de  elaborar,  transformar  o empacar productos terminados   y/o   granel  a  que  se  refiere   los
Art. 55º y 57º.
 
 
5 UIT
 
30
No presentar el balance de drogas dentro de los plazos que estipula el Reg.
 
1 UIT
2 UIT
2 UIT
 
 
ESTABLECIMIENTOS FARMACEUTICOSESCALA DE MULTAS POR INFRACCIONES AL REGLAMENTO DE
INFRACCION
BOTIQUINFARMACIA
 y/o BOTICA
DROGUERIALABORATORIO
31
No hacer cumplir  las disposiciones de los Art. 60º ó 61 del Reg. Relativos a la permanencia del director técnico y de los responsables de los Dpto de Control y Producción.
 
 
 
2 UIT
32
No hacer  cumplir las normas sobre permanencia del regente a que se refieren los Art. 21º y 24º del Reg.
 
1 UIT
 
 
33
No  entregar los  estupefacientes  a  la   DIGEMID cuando el establecimiento cierre  definitivamente.
 
1 UIT
3 UIT
5 UIT
34
No almacenar el producto de acuerdo a las especificaciones señaladas por el Laboratorio fabricante
 
2 UIT
3 UIT
 
35
Comercializar estupefacientes o psicotrópicos sin receta medica.
 
1 UIT
 
 
36
No realizar los controles de calidad exigidos en la legislación sanitaria  en la fabricación  de productos o efectuar los procesos de fabricación o control mediante procedimientos no validados.
 
 
 
20 UIT
37
Funcionar sin que exista regente (Art. 21º y 52º)  o director tecnico en actividad según corresponda o sin el personal exigido por el Art. 61º  del Reg.
 
3 UIT
5 UIT
10 UIT
38
Fabricar masivamente o tener en stock  preparados de formulas magistrales.
 
3 UIT
 
 
 
 DEFICIENCIA CRITICA : Circunstancias que afecta en forma grave e inadmisible la calidad y/o  seguridad de los productos y la seguridad de los trabajadores y/o  usuarios
 DEFICIENCIA  MAYOR  : Circunstancia que puede afectar en forma grave la calidad y/o seguridad de los productos y la seguridad de los  trabajadores   y/o usuarios
 DEFICIENCIA  MENOR : Circunstancia que puede afectar en forma leve la calidad y/o seguridad de los productos y la seguridad de los trabajadores  y/o  usuarios.
 

DECRETO SUPREMO Nº 021-2001-SA

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 304-2002 SA/DM

 

 

 

 

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