| RESOLUCION MINISTERIAL No 150-99-SA/DM |
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23/03/99.- R.M. No 150-99-SA/DM.- Dispone que las Direcciones Regionales y Subregionales de Salud asuman las funciones de control y vigilancia de los productos farmacéuticos y afines. (26/03/99) Lima, 23 de marzo de 1999 Visto el Oficio No 033-99-DG-DIGEMID cursado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; CONSIDERANDO: Que,
el Artículo 49o de la Ley General de Salud No 26842 [T.254,§178],
establece que la autoridad de Salud a nivel nacional, es la encargada
del control sanitario de los productos farmacéuticos y galénicos,
así como de velar por el cumplimiento de las disposiciones que
establece la ley y el reglamento; SE RESUELVE: Las Direcciones Regionales de Salud y las Direcciones Subregionales de Salud, con excepción de las del departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, asumirán las funciones de control y vigilancia de los Productos Farmacéuticos y Afines, a partir del 1 de julio de 1999. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO DE ROMAÑA Y GARCIA, Ministro de Salud. ********************
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