COMUNICADO N° 011-2024
La Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas a través de la Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso, tiene establecido en el artículo 90° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo N'’008-2017-SA, "proponer normas y supervisar la implementación y funcionamiento de la Unidad Prestadora de Servicios de Salud - Farmacia (UPSS-Farmacia) de los establecimientos de salud, así como su seguimiento y evaluación".