jarvis2023-10-30T14:53:32-05:00REINSCRIPCIONES EN EL REGISTRO SANITARIO DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y DISPOSITIVOS MEDICOS: La Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas a través de la Dirección de Productos Farmacéuticos y Dirección de Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, comunica a los titulares de registros sanitarios de productos farmacéuticos y dispositivos médicos, que la evaluación de los procedimientos de reinscripción en el registro sanitario de productos farmacéuticos y dispositivos médicos presentados conforme a los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Salud – MINSA, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2016-SA y su modificatoria aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 668-2019/MINSA, se efectúan considerando los cambios que han sido autorizados previamente a la presentación de la solicitud de reinscripción, conforme a lo dispuesto por el artículo 6 del Decreto Supremo N° 016-2011-SA y, en concordancia al Principio de presunción de veracidad previsto en el TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.