jarvis2023-06-08T16:09:01-05:001. Mediante el COMUNICADO N° 002-2022 publicado en marzo del 2022, se dio a conocer que solo los, laboratorios y droguerías, que no hayan comercializado medicamentos (especialidades farmacéuticas) y productos biológicos, que a través de la plataforma web podrián comunicar dicha situación mediante el uso de un formato, a través de la “Aplicación Web de la Ventanilla Virtual de DIGEMID” (https://www.digemid.minsa.gob.pe/digemidVirtual/), siendo el único medio válido para este tipo de comunicaciones.
2. La comunicación antes mencionada de carácter gratuito que corresponde al trámite denominado “DFAU: OPPF-SNIPPF (LAB./DROG.) - Comunicación de no haber comercializado (esp. Farmac. ni prod. biológico)” de la aplicación Web de la Ventanilla Virtual de DIGEMID, se deja sin efecto a partir de la fecha (8 de junio de 2023).
3. Las actividades de fiscalización de las obligaciones del Observatorio de Precios de Productos Farmacéuticos - OPPF, continuarán desarrollándose con normalidad en el ámbito de competencia de DIGEMID (droguerías y laboratorios).