COMUNICADO N° 027-2023
La Dirección de Productos Farmacéuticos de la DIGEMID hace de conocimiento a todos los titulares de Registro Sanitario de Productos Biológicos, que sus productos hayan sido autorizados con los requisitos de los procedimientos de inscripción y reinscripción de productos biológicos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del MINSA aprobado por Decreto Supremo N° 001-2016-SA con sus modificatorias y además que hayan seguido la estructura y organización del Documento Técnico Común (CTD) de ICH, que, en las sucesivas reinscripciones que se soliciten, respecto a los requisitos abajo detallados presentados en algún trámite realizado anteriormente y, siempre que los mismos no hayan sufrido variación, en cumplimiento al numeral 48.1.1 del artículo 48 del TUO de la Ley 27444 aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, bastará con señalar el número de expediente y fecha de la presentación del cambio, inscripción o reinscripción que han sido presentados